miércoles, 30 de junio de 2010

Los que luchan

Cuando los sindicatos convocan una huelga y no sale, se demuestra que los sindicatos han perdido el apoyo de los trabajadores porque estos no les secundan.

Cuando los sindicatos convocan una huelga y sale (que haya huelga se llama huelga salvaje), los sindicatos están desconectados de las necesidades de los trabajadores, que son los grandes perjudicados en las huelgas.

Cuando la economía sube, los sindicatos deben moderar sus demandas para no perjudicar las perspectivas del país.

Cuando la economía baja quiebra, los sindicatos deben ser conscientes y renunciar a cualquier tipo de demanda (incluidas las de un puesto de trabajo digno).

Tenía un profesor que decía que solo tenemos derecho a aquello por lo que estamos dispuestos a luchar. Hoy en día, los bancos tienen más agallas que toda la clase trabajadora junta, así que se lo merecen todo, porque ellos son los que luchan.

miércoles, 21 de abril de 2010

Pardillo

El que llame a esto shuriken, demuestra mi teoría de que es usted un pardillo.
Seeley Booth

lunes, 8 de marzo de 2010

Medidas preventivas vs eximentes, atenuantes y agravantes

Aquí traigo unos términos legales que he plagiado de aquí y son un extracto.




Las eximentes


Son circunstancias que excluyen la responsabilidad criminal o eximentes son aquellas que exoneran de responsabilidad penal al autor de un delito, siempre y cuando concurran las siguientes circunstancias:

(...)

*Cuando las personas actúen en defensa de sí mismos o de derechos propios o de terceros: la legítima defensa.

En estos casos es necesario además que concurran los siguientes requisitos:
o Que exista agresión ilegítima, es decir, un ataque injustificado que produzca un peligro real de atentar contra bienes protegidos legalmente.
oQue el medio de defensa utilizado sea racionalmente necesario para oponerse o impedir la agresión (por ejemplo, no sería racional disparar a quien amenaza o ataca con un palo)

Si la persona que ha cometido el delito lo ha hecho para impedir una agresión que él mismo ha provocado de forma intencionada, tampoco se podrá modificar la responsabilidad penal derivada de sus actos en aplicación del principio de legítima defensa.

*Cuando una persona pretenda evitar un perjuicio a sí mismo o a una tercera persona, lesionando o infringiendo un deber o los derechos de un tercero, se aplicará la eximente siempre que concurran los siguientes requisitos:
o Que el mal que se ocasione no sea mayor que el que se pretenda evitar.
o Que la persona que pretenda evitar el mal no haya provocado la situación de forma intencionada.
oQue el necesitado no tenga obligación de sacrificarse por el cargo y oficio que desempeñe.

* Quien actúe cumpliendo un deber o ejerciendo legítimamente un derecho, un oficio o un cargo.

Las atenuantes

Las circunstancias que atenúan la responsabilidad criminal o atenuantes son situaciones que concurren en la ejecución de un delito, que permiten rebajar su gravedad y por tanto su pena.

Las circunstancias atenuantes se producen:

* En las mismas situaciones que eximen de responsabilidad penal, cuando no concurren todos los requisitos para apreciarla.
* Si el culpable comete la infracción a causa de su grave adicción a las bebidas alcohólicas, drogas tóxicas, estupefacientes, sustancias psicotrópicas u otras que produzcan los mismos efectos o similares.
* Si la persona actúa por unas causas o estímulos (provocados por la víctima) tan poderosos que ocasionan en el delincuente una situación de arrebato, obcecación u otro estado emocional semejante.
* Si el culpable confiesa a las autoridades, antes de conocer que se dirigen actuaciones judiciales contra él.
* Si el culpable trata de reparar el daño ocasionado a la víctima o disminuir sus efectos en cualquier momento del procedimiento antes de la celebración del juicio oral.
* Si se produce cualquier otra circunstancia semejante.

Los agravantes

Las circunstancias que agravan la responsabilidad criminal son aquellas que concurren cuando se comete un delito y, por su importancia, incrementan la responsabilidad penal y, por ende, la pena con la que se sanciona el mismo.

Los agravantes concurren cuando:

* El delito se comete con alevosía, esto es, cuando el culpable emplea medios que tratan de asegurar, por un lado, la comisión, y por otro, impedir que la víctima le cause daños al tratar de defenderse.
* Para cometer el delito se utiliza un disfraz, se abusa de superioridad, o se aprovechan las circunstancias de lugar, tiempo o la ayuda de otras personas con la intención de evitar que la víctima se defienda o que el delincuente sea castigado.
* El hecho delictivo se realiza a cambio de un precio, recompensa o promesa.
* El delito se comete por cualquier clase de discriminación ideológica, religiosa, étnica, racista, sexual, enfermedad o minusvalía que padezca la víctima.
* El delincuente aumenta de forma inhumana y deliberada el sufrimiento de la víctima, causándola padecimientos innecesarios que exceden de los límites necesarios para la comisión del delito.
* Obrar con abuso de confianza o haciendo valer el carácter público del delincuente.
* Si el delincuente es reincidente, es decir, ya ha sido condenado anteriormente por infracción penal de la misma naturaleza.

No se considerarán circunstancias agravantes los antecedentes penales cancelados o que deberían haberlo sido.

domingo, 7 de marzo de 2010

lunes, 15 de febrero de 2010

Cambio climático

Algún líder moral español, y alguna lideresa, no dudan en señalar que no hay consenso en cuanto al cambio climático y su antropogenia (origen en la acción de hombre). Recomiendo la lectura de este enlace para ver que, si por consenso entienden el 100% de los científicos implicados, tienen razón: no hay consenso. Ahora, si por consenso entienden el 99%, patinan. Supongo que hay unos por cien que justifican cualquier gilipollez que se nos pueda ocurrir.

martes, 2 de febrero de 2010

Para que yo sea pacifista...

A cuenta de otra cosa comenta hoy Javier López-Facal en El País que "existe un partido político en Dinamarca, llamado Partido del Progreso (Framstegparti), que defiende unos postulados frecuentemente demagógicos y populistas. En su programa electoral de hace ya unos cuantos años, este partido proponía que el presupuesto de defensa del reino de Dinamarca se redujese a unas diez coronas, porque todo lo que necesitaba el país al respecto, era una cinta magnetofónica, con un mensaje en varios idiomas que dijese: "Nos rendimos". ¿Para qué, argumentaban, vamos a tomarnos el trabajo de organizar un sistema de defensa nacional, con su consiguiente gasto si, a la postre, no va a valer absolutamente para nada?"

Evidentemente uno puede permitirse ser pacifista si vive rodeado de países que no alimentan aviesas intenciones. Visto de esta manera uno puede ser pacifista en centroeuropa asegurándose que el resto no hagan lo mismo. Particularmente España no tardaría en ver a su vecino del sur conquistando (él diría recuperando) Ceuta, Melilla, Córdoba, Granada y quién sabe qué más. Así que no podemos ser más pacifistas que otros.

Uno puede tirarse hacia atrás si confía en que otro va a sujetarle, pero si no, difícilmente.

jueves, 28 de enero de 2010

Derechos adquiridos

¡Ya ha pasado! Tenía que pasar. Tanto ver pasear a los de la SGAE reclamando pasta hasta por respirar el mismo aire que antes tomó uno de sus socios, ahora la cosa llegó a la política nacional.

Primero fue poner a la ministra Sinde, la que quiere limpiar todo en entramado mafioso para que cruce la línea de la legalidad y se ponga de este lado (que se miren en Italia, para saber cómo acaban estos contubernios, por cierto).

Pero esto no es más que la punta del iceberg. Al PNV se le ha ocurrido que puede pedir derechos por los nombres de sus pueblos, por lo que han reclamado el Guernica, del malagueño Picasso, sin más consideraciones hacia la voluntad del creador, su significado o su estado de conservación.

Creo que luego van a pedir toda representación de San Sebastián o, al menos, un canon de exhibición por cualquiera de las obras en las que aparezca, amén de un tanto por cien de cualquier misa que se celebre en 20 de enero.

No queda claro, quien cobrará la patente si la idea se extiende, pero apunto que la ministra habría de renunciar a cualquier beneficio por lo de la ley de incompatibilidades... uy no, que se la suda...